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La
guerra justa tiene condiciones
Existe una ética cristiana
bien precisa sobre la legítima defensa
VATICANO
(ZENIT) — Días antes de iniciarse los bombardeos contra
objetivos terroristas en Afganistán, el portavoz de la Santa
Sede, Joaquín Navarro-Valls, denunció la manipulación que
algunos medios de comunicación habían hecho de sus palabras
después de los atentados del 11 de septiembre.
La
cadena de televisión estadounidense, CNN había ofrecido
titulares que decían:
"Luz verde del Vaticano a las bombas". Pero
Navarro-Valls explicó que "no se trató de dar luz verde
a los ataques, sino que hablé del concepto de la prevención
activa contra una amenaza ya manifestada con horror hace dos
semanas y que puede repetirse",
porque "existe una ética cristiana bien precisa sobre la
legítima defensa, que tiene en cuenta la proporcionalidad del
acto y que exige no verter sangre de víctimas
inocentes".
Navarro-Valls
apuntó a los continuos llamamientos a la paz de Juan Pablo II
para que
"las acciones que se están preparando no deben ser un
enfrentamiento con el Islam".
En
su entrevista del
24 de septiembre con la agencia Reuters, Navarro-Valls
había dicho que: si alguno ha herido gravemente a la sociedad
y existe el peligro de que en caso de que quede en libertad
pueda hacerlo de nuevo, "tienes el derecho de defender la
sociedad de la que estás al frente, aunque esto signifique
que los medios que utilices puedan ser agresivos".
Posteriormente insistió en que "una acción contra el
terrorismo no es un ataque, sino una acción de prevención
activa contra una amenaza que ya se ha manifestado y podría
repetirse".
La
enseñanza tradicional de la Iglesia sobre el concepto de
"guerra justa" tiene en cuenta dos interrogantes:
•¿Cuándo
se puede justificar el uso de la fuerza? (“jus ad
bellum”).
•¿Cuáles
son los principios que deben guiar el uso de la fuerza?
(“jus in bello”).
Según
el Catecismo de la Iglesia Católica (n. 2308), "una vez
agotados todos los medios de acuerdo pacífico, no se podrá
negar a los gobiernos el derecho a la legítima defensa".
Pero,
para que se pueda dar "una legítima defensa mediante la
fuerza militar", el mismo Catecismo (n. 2309) presenta
rigurosas condiciones que deben garantizar la legitimidad
moral.
•Que
la acción sea emprendida por una autoridad legítima.
•Que
el daño causado por el agresor a la nación o a la comunidad
de las naciones sea duradero, grave y cierto.
•Que
los demás medios para poner fin a la agresión hayan
resultado impracticables o ineficaces.
•Que
se reúnan las condiciones serias de éxito.
•Que
el empleo de las armas no entrañe males y desórdenes más
graves que el mal que se pretende eliminar.
El
documento del Concilio Vaticano II, Gaudium et Spes, si bien
alienta la negociación pacífica de los conflictos, no
descarta el uso de la fuerza armada, pero condena "toda
acción bélica que tienda indiscriminadamente a la destrucción
de ciudades enteras o de extensas regiones junto con sus
habitantes" por considerarla como "un crimen contra
Dios y la humanidad".
El
Catecismo explica también que quienes se dedican al servicio
de la patria en la vida militar son servidores de la seguridad
y de la libertad de los pueblos.
"Si
realizan correctamente su tarea, colaboran verdaderamente al
bien común de la nación y al mantenimiento de la paz",
añade en el número 2310.
Nadie
cuestiona el carácter inmoral de los atentados terroristas.
La Congregación para la Doctrina de la Fe, en su Instrucción
sobre la libertad y la liberación cristiana de 1986, afirmaba
en el número 79 que "No se puede aprobar nunca —aunque
fueran cometidos por poderes establecidos o rebeldes— crímenes
como las represalias contra la población en general, la
tortura, o los métodos terroristas”.
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