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Las nuevas y estrictas normas para la misa, dadas por el
Vaticano
Presentación que hizo el 23 de abril el Cardenal Francis
Arinze, prefecto de la Congregación para el Culto Divino y
la Disciplina de los Sacramentos, en una rueda de prensa de
la “Instrucción ‘Redemptionis Sacramentum’ sobre algunas
cosas que se deben observar o evitar acerca de la Santísima
Eucaristía”.
1. Origen de esta Instrucción
En primer lugar, sirve de ayuda ubicar esta “Instrucción” en sus
orígenes. El día 17 de abril de 2003, en la Solemne Misa In
Coena Domini del jueves santo, celebrada en la Basílica de
San Pedro, el Santo Padre firmaba y ofrecía a la Iglesia su
decimocuarta carta encíclica, “Ecclesia de Eucharistia”.
En este hermoso documento, el Papa Juan Pablo II declara, entre
otras cosas, que la Sagrada Eucaristía “está al centro de la
vida de la Iglesia” (n. 3), que “ella une el cielo con la tierra.
Abraza e impregna toda la creación” (n. 8), y que “es la más
preciada posesión que la Iglesia pueda tener en su peregrinación
a través de la historia” (n. 9).
Al mismo tiempo, el Papa hace notar que existen procesos
positivos, pero también negativos, en su celebración y culto
desde el Concilio Vaticano II (n. 10); que numerosos abusos han
sido causa de sufrimiento para muchos, y que considera su deber
“requerir urgentemente que las normas litúrgicas para la
celebración de la Eucaristía se observen con gran fidelidad” (n.
52). “Precisamente para hacer brotar con mayor claridad este
profundo significado de las normas litúrgicas”, continúa
diciendo, “he pedido a los organismos competentes de la Curia
Romana preparar un documento más específico, incluyendo
disposiciones de naturaleza jurídica, sobre este importantísimo
tema. A nadie le está permitido minusvalorar el misterio
confiado a nuestras manos: es demasiado grande para que
cualquiera se sienta en libertad de tratarlo con ligereza y
desidia, debido a su sacralidad y universalidad”.
Este es el origen de la Instrucción que la Congregación para el
Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos, en estrecha
colaboración con la Congregación para la Doctrina de la Fe,
entrega ahora a la Iglesia Latina.
2. Razones de ser de las Normas
Alguien se podría preguntar sobre el por qué de la existencia de
normas litúrgicas. ¿No serían suficientes la creatividad, la
espontaneidad, la libertad de los hijos de Dios y un ordinario
sentido común? ¿Por qué el culto a Dios debe estar reglamentado
por rúbricas y normas? ¿No sería suficiente instruir a la gente
sobre la belleza y la naturaleza sublime de la liturgia?
Las normas litúrgicas son necesarias porque “el Cuerpo Místico
de Jesucristo, es decir, la Cabeza y sus miembros, ejerce el
culto público íntegro. En consecuencia, toda celebración
litúrgica, por ser obra de Cristo sacerdote y de su Cuerpo, que
es la Iglesia, es acción sagrada por excelencia” (“Sacrosanctum
Concilium”, 7). Y la cumbre de la liturgia es la celebración
Eucarística; nadie puede sorprenderse si, con el paso del tiempo,
la Santa Madre Iglesia ha desarrollado palabras y acciones y,
por lo tanto, directivas para este supremo acto de culto. Las
normas Eucarísticas son concebidas para expresar y proteger el
misterio Eucarístico, y también para manifestar que es la
Iglesia quien celebra este augusto sacrificio y sacramento. Como
lo expone el Papa Juan Pablo II: “Estas normas son una expresión
concreta de la naturaleza auténticamente eclesial de la
Eucaristía; éste es su más profundo significado. La liturgia no
será jamás propiedad privada de nadie, ni del celebrante ni de
la comunidad donde los sagrados misterios son celebrados” (“Ecclesia
de Eucharistia”, 52).
Por esto, se sigue que “los sacerdotes que celebran la Misa
piadosamente, según las normas litúrgicas, y las comunidades que
se conforman a esas normas, demuestran, sin exaltación pero
elocuentemente, su amor por la Iglesia” (ibidem).
Obviamente, la conformación externa no es suficiente. La fe, la
esperanza y la caridad, que también se manifiestan en actos de
solidaridad con los necesitados, son exigidas para participar en
la Sagrada Eucaristía. La presente Instrucción subraya esta
dimensión en el artículo 5: “La mera observancia externa de las
normas, como resulta evidente, es contraria a la esencia de la
sagrada Liturgia, con la que Cristo quiere congregar a su
Iglesia, y con ella formar ‘un solo cuerpo y un solo espíritu’.
Por esto la acción externa debe estar iluminada por la fe y la
caridad, que nos unen a Cristo y los unos a los otros, y
suscitan en nosotros la caridad hacia los pobres y necesitados.
3. ¿Es importante poner atención a los abusos?
Una tentación grande, a la que es necesario resistir, es pensar
que poner atención a los abusos litúrgicos se trate de una
pérdida de tiempo. Alguien escribió que los abusos han existido
siempre y siempre existirán y que por lo tanto, deberíamos
limitarnos simplemente a la formación litúrgica positiva y a la
celebración.
Esta objeción, en parte verdadera, puede inducir al error. No
todos los abusos concernientes a la Sagrada Eucaristía tienen la
misma importancia. Algunos de ellos amenazan a la validez del
sacramento. Otros manifiestan una deficiencia en la fe
eucarística. Otros contribuyen a crear confusión entre el pueblo
de Dios y a hacer crecer la desacralización de la celebración
eucarística. En efecto, ninguno de ellos puede considerarse
banal.
Es indiscutible que la formación litúrgica es necesaria para
todos en la Iglesia: “es vitalmente necesario”, dice el Concilio
Vaticano II, “que la atención debe dirigirse, sobre todo, a la
instrucción litúrgica del clero” (“Sacrosanctum Concilium”,
14). Pero es también verdadero que “en varias partes de la
Iglesia se han verificado abusos, creando confusión en lo que se
refiere a fe sólida y a la doctrina católica concerniente a este
maravilloso sacramento” (“Ecclesia de Eucharistia”, 10).
“No es extraño que los abusos tengan su origen en un falso
concepto de libertad” (Instrucción, 7). “Los actos arbitrarios
no benefician la verdadera renovación” (Instrucción, 11), que el
Concilio Vaticano esperaba. “Estos abusos nada tienen que ver
con el auténtico espíritu del Concilio y deben ser corregidos
por los Pastores con una actitud de prudente firmeza” (Juan
Pablo II: Carta en el 40° Aniversario de la “Sacrosanctum
Concilium”, “Spiritus et Sponsa”, 15).
También sobre aquellos que modifican los textos litúrgicos según
su propio arbitrio, es importante observar, con esta “Instrucción”,
que “la sagrada Liturgia está estrechamente ligada con los
principios doctrinales, por lo que el uso de textos y ritos que
no han sido aprobados lleva a que disminuya o desaparezca el
nexo necesario entre la lex orandi y la lex credendi”
(Instrucción, 10).
4. Visión de conjunto de la Instrucción
La “Instrucción” consta de una introducción, ocho capítulos y
una conclusión.
El primer capítulo, que trata sobre el ordenamiento de la
sagrada Liturgia, habla de los respectivos papeles de la Sede
Apostólica, del Obispo Diocesano, de la Conferencia Episcopal,
de los Sacerdotes y de los Diáconos. Aquí me limito a tocar
solamente el papel del Obispo Diocesano. Él es el sumo sacerdote
de su grey. Él dirige, anima, promueve y organiza. Juzga sobre
la música sacra y el arte. Instituye las necesarias comisiones
para la liturgia, la música y el arte sagrado (“Instrucción”,
22, 25). Trata de poner remedio a los abusos y es a él, o a su
asistente, a quien los recursos deben ser dirigidos, antes que a
la Sede Apostólica (“Instrucción”, 176-182, 184).
Los sacerdotes han prometido solemnemente ejercitar con
fidelidad su ministerio, así como también los diáconos. Se
espera, pues, que ellos estén a la altura de sus sagradas
responsabilidades.
El segundo capítulo trata de la participación de los fieles
laicos en la celebración Eucarística. El bautismo es el
fundamento del sacerdocio común (“Instrucción”, 36, 37). El
sacerdote ordenado es indispensable para una comunidad Cristiana;
el papel de los sacerdotes y de los fieles laicos no debería ser
confundido (“Instrucción”, 42, 45). Los laicos tienen su propia
función. La “Instrucción” pone de relieve que esto no significa
que todos deban necesariamente hacer algo. Más bien, se trata de
estar totalmente conscientes del gran privilegio que Dios les
hace al llamarlos a participar con la mente, el corazón y la
vida entera, en la liturgia, y recibiendo a través de ella la
gracia de Dios. Es importante comprender esto correctamente y no
suponer que la “Instrucción” contiene, en algún modo, prejuicios
contra los laicos.
Los capítulos 3, 4 y 5 tratan de responder a algunas de las
preguntas más frecuentes; presentan, también, una serie de
abusos que se encuentran más reiteradamente en la celebración
actual de la Misa; ofrecen un discernimiento sobre quién recibe
la Sagrada Comunión y quién no debería recibirla; hablan sobre
el cuidado que se requiere para administrar la Sagrada Comunión
bajo las dos especies; sobre las cuestiones concernientes a las
vestiduras y vasos sagrados; a las posturas propias para recibir
la Sagrada Comunión; etc.
El capítulo 6 se ocupa del culto debido a la Sagrada Eucaristía
fuera de la Misa. Trata sobre el respeto debido al sagrario y
sobre las prácticas de piedad eucarística, como las visitas al
Santísimo Sacramento, las iglesias con Adoración Perpetua, las
Procesiones eucarísticas y los Congresos Eucarísticos
(“Instrucción”, 130, 135-136, 140, 142-145).
El capítulo 7 presta atención a las funciones extraordinarias
confiadas a los fieles laicos, tales como la función de
ministros extraordinarios de la sagrada Comunión, la tarea de
desempeñarse como instructores o de presidir las celebraciones
de oración en ausencia de sacerdote (“Instrucción”, 147-169).
Estos papeles, aquí tratados, son diversos de los que refiere la
“Instrucción” en el capítulo 2, donde habla sobre la
participación ordinaria de los laicos en la liturgia y,
particularmente, en la Eucaristía. Aquí se trata la cuestión de
la actuación de los laicos cuando no está disponible un número
suficiente de sacerdotes o de diáconos. En años recientes, la
Santa Sede ha dedicado considerable atención a esta materia y
esta Instrucción lo continúa haciendo, agregando más
consideraciones para algunas circunstancias.
El capítulo final trata sobre los remedios canónicos a delitos o
abusos contra la Sagrada Eucaristía. El remedio principal, a
largo plazo, es una formación adecuada, la instrucción y la fe
sólida. Pero cuando ocurren abusos, la Iglesia tiene el deber de
señalarlos en un modo claro y caritativo.
5. Conclusión
Según el artículo de fe que nos dice que la Misa es la
representación sacramental del sacrificio de la Cruz (Cf
Concilio de Trento: DS 1740) y que en el santísimo sacramento de
la Eucaristía se encuentra presente “el cuerpo, la sangre, el
alma y la divinidad de Nuestro Señor Jesucristo y, por lo tanto,
Cristo entero está verdadera, real y substancialmente presente”
(Concilio de Trento: DS 1651; cf CEC 1374), es claro que las
normas litúrgicas concernientes a la sagrada Eucaristía merecen
nuestra atención. No se trata de rúbricas meticulosas, dictadas
por mentes legalísticamente estructuradas.
“La santísima Eucaristía contiene todo el bien espiritual de la
Iglesia, es decir, Cristo mismo, nuestra pascua y pan vivo” (PO,
5). Los Sacerdotes y los Obispos son ordenados, sobre todo, para
celebrar el sacrificio eucarístico y dar el Cuerpo y la Sangre
de Cristo a los fieles. Los Diáconos y, a su modo, los acólitos,
los otros ministros, los lectores, los coros y los fieles laicos
especialmente designados, están llamados a colaborar según
funciones definidas. Ellos, llenos de un espíritu de fe y
devoción, deberían esforzarse en cumplir sus varios ministerios.
La “Instrucción” concluye diciendo que la Congregación para el
Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos espera que
también “mediante la diligente aplicación de cuanto se recuerda
en esta Instrucción, la humana fragilidad obstaculice menos la
acción del Santísimo Sacramento”.
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