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El
Catecismo de la Iglesia Católica sobre el anticoncepcionismo
2370 La
continencia periódica, los métodos de regulación de nacimientos
fundados en la autoobservación y el recurso a los períodos
infecundos (HV 16) son conformes a los criterios objetivos de la
moralidad. Estos métodos respetan el cuerpo de los esposos,
fomentan el afecto entre ellos y favorecen la educación de una
libertad auténtica. Por el contrario, es intrínsecamente mala
“toda acción que, o en previsión del acto conyugal, o en su
realización, o en el desarrollo de sus consecuencias naturales,
se proponga como fin o como medio, hacer imposible la
procreación” (HV 14):
“Al lenguaje natural que expresa la recíproca donación total de
los esposos, el anticoncepcionismo impone un lenguaje
objetivamente contradictorio, es decir, el de no darse al otro
totalmente: se produce no sólo el rechazo positivo de la
apertura a la vida, sino también una falsificación de la verdad
interior del amor conyugal, llamado a entregarse en plenitud
personal”. Esta diferencia antropológica y moral entre la
anticoncepción y el recurso a los ritmos periódicos “implica…
dos concepciones de la persona y de la sexualidad humana
irreconciliables entre sí” (FC 32).
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