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V O Z    D E L    A R Z O B I S P O

Las indulgencias ayudan a alcanzar la santificación
En el Año de la Eucaristía

Mis queridos amigos:

Arzobispo John C. Favalora

En diciembre de 2004, el Papa Juan Pablo II aprobó dos indulgencias plenarias para el Año de la Eucaristía. La noticia, probablemente, pasó inadvertida en medio de toda la información sobre el tsunami en Asia, y es por ello que deseo llamarles la atención a ustedes sobre esto, antes de que el Año de la Eucaristía termine en octubre próximo.

Las indulgencias se basan en nuestra enseñanza acerca del pecado. El pecado grave o serio rompe nuestra relación con Dios, y nos impide alcanzar la vida eterna. La confesión es el medio por el cual se alcanza el perdón inmediato del castigo “eterno” por el pecado mortal, siempre que estemos sinceramente arrepentidos.

Pero todo pecado, no importa cuán venial sea, nos separa de Dios. Nuestra propensión humana al mal debe ser purificada antes de que podamos llegar ante Dios, que es plenamente santo por toda la eternidad. Ese proceso de purificación tiene lugar tanto aquí, mientras estamos viviendo en la tierra, como después de la muerte, en el purgatorio. (Ver la información adjunta.)

Las indulgencias nos ofrecen medios para purificar nuestras almas y acercarnos al Señor. Normalmente, requieren de la oración, la confesión, la asistencia a Misa, la recepción de la sagrada Comunión y oraciones por las intenciones del Santo Padre.

Pero no debemos ver las indulgencias como “tratos” mediante los cuales, si realizamos determinadas acciones, se nos garantiza recibir a cambio algo de las manos de Dios. Tal como sucede con la confesión, las indulgencias requieren de “la disposición apropiada”. Esto significa que nuestra meta debe ser acercarnos más a Dios, cambiar nuestra manera pecaminosa de vivir por otra que imite más de cerca la santidad de Dios.

Las indulgencias pueden obtenerse todo el año en la Iglesia. Algunas están vinculadas al acto de visitar ciertas basílicas de Roma, o a peregrinaciones a lugares sagrados en el mundo. Este año, las indulgencias adicionales tienen que ver con la Eucaristía. Su propósito es estimular a la gente a acrecentar su comprensión y su apreciación del gran regalo que Jesús nos dejó en la Última Cena.

Este año, se concede una indulgencia plenaria “cuando el creyente participa, de manera atenta y devota, en una función sagrada o en un ejercicio devocional realizado en honor del Santísimo Sacramento, solemnemente expuesto o conservado en el tabernáculo”. (“Decreto de la Penitenciaría Apostólica”, 25 de diciembre de 2004.)

Esto podría consistir en adorar o visitar al Santísimo Sacramento, en rezar ante el Santísimo Sacramento, en la bendición con el Santísimo Sacramento, en una Misa o una Comunión.

Sé que muchas parroquias de la Arquidiócesis han establecido la adoración perpetua del Santísimo Sacramento, o señalado días y horarios específicos para adorarlo. Nuestros jóvenes han organizado dos eventos por el Año de la Eucaristía que incluyen la adoración y la bendición con el Santísimo Sacramento.

Éstas son cosas que debemos hacer normalmente como católicos, pero la Iglesia desea recordarnos que las hagamos especialmente este año.

La otra indulgencia plenaria se aplica a los sacerdotes, religiosos y demás personas que “recen las oraciones de Vísperas y Completas de la Liturgia de las Horas ante el Santísimo Sacramento, aunque éste se encuentre reservado en el tabernáculo”. (“Decreto de la Penitenciaría Apostólica”, 25 de diciembre de 2004.)

La Liturgia de las Horas es el texto oficial de oración de la Iglesia, que sacerdotes, diáconos y algunos religiosos están obligados a decir. También se recomienda mucho para los laicos.

Como sucede con todas las indulgencias, en este caso se aplican ciertas condiciones: la confesión sacramental, estar libre de toda sujeción al pecado, recibir la sagrada Comunión y orar por las intenciones del Santo Padre.

Como creemos en la Comunión de los Santos –la interrelación de todos los hijos de Dios, tanto en la tierra como en el cielo– podemos obtener indulgencias no sólo para nosotros mismos, sino para nuestros familiares y amigos fallecidos, incluso para aquellas almas del purgatorio que no tienen quienes recen por ellas.

Pido a todos los sacerdotes y fieles de la Arquidiócesis, por lo tanto, que tengan muy en cuenta las indulgencias durante este Año de la Eucaristía, como una oportunidad de satisfacción espiritual. Reflexionen por un momento sobre sus propios pecados y recen por la conversión de sus corazones; y después, sigan haciéndolo, tanto por ustedes como por el resto del cuerpo de Cristo.

 

Lo que enseña la Iglesia sobre las indulgencias

Tomado del Catecismo de la Iglesia Católica, Nos. 1471-1473:

La indulgencia es la remisión ante Dios de la pena temporal por los pecados, ya perdonados, en cuanto a la culpa, que un fiel dispuesto y cumpliendo determinadas condiciones consigue por mediación de la Iglesia, la cual, como administradora de la redención, distribuye y aplica con autoridad el tesoro de las satisfacciones de Cristo y de los santos.

La indulgencia es parcial o plenaria según libere de la pena temporal debida por los pecados en parte o totalmente.”

Todo fiel puede obtener para sí mismo o aplicar por los difuntos, a manera de sufragio, las indulgencias tanto parciales como plenarias.

Para entender esta doctrina y esta práctica de la Iglesia es preciso recordar que el pecado tiene una doble consecuencia. El pecado grave nos priva de la comunión con Dios y por ello nos hace incapaces de la vida eterna, cuya privación se llama la “pena eterna” del pecado. Por otra parte, todo pecado, incluso venial, entraña apego desordenado a las criaturas que es necesario purificar, sea aquí abajo, sea después de la muerte, en el estado que se llama Purgatorio. Esta purificación libera de lo que se llama la “pena temporal” del pecado. Estas dos penas no deben ser concebidas como una especie de venganza, infligida por Dios desde el exterior, sino como algo que brota de la naturaleza misma del pecado. Una conversión que procede de una ferviente caridad puede llegar a la total purificación del pecador, de modo que no subsistiría ninguna pena.

El perdón del pecado y la restauración de la comunión con Dios entrañan la remisión de las penas eternas del pecado. Pero las penas temporales del pecado permanecen. El cristiano debe esforzarse, soportando pacientemente los sufrimientos y las pruebas de toda clase y, llegado el día, enfrentándose serenamente con la muerte, por aceptar como una gracia estas penas temporales del pecado; debe aplicarse, tanto mediante las obras de misericordia y de caridad, como mediante la oración y las distintas prácticas de penitencia, a despojarse completamente del “hombre viejo” y a revestirse del “hombre nuevo”.