Arquidiócesis de Miami
Declaración
presentada al Programa O’Reilly Factor
La demanda denominada John Doe No. 22 vs Archdiocese of Miami es
una demanda civil que procura obtener compensaciones por daños
en una cantidad que excede los $25 millones. Según las reglas
que rigen las acciones legales civiles, ciertos argumentos de
defensa deben presentarse inmediatamente por la parte acusada, o
de lo contrario se considerará, en términos legales, que dicha
parte renuncia a defenderse. Estos argumentos de defensa
incluyen la negligencia de las otras partes, y las conductas que
puedan hacer disminuir las cantidades exigidas como
compensaciones. Tales argumentos de defensa son procedimientos
normales en las acciones legales civiles, y se presentan
inicialmente como cuestiones de oficio, tal como se hizo en este
caso.
En el presente caso, el abogado de la parte demandante negó a la
Arquidiócesis de Miami la oportunidad de entrevistar a la
supuesta víctima. Consecuentemente, la Arquidiócesis de Miami
no tiene información en relación con la víctima y sus
alegaciones, aparte de la incluida en la demanda. Todos los
argumentos de defensa presentados por la Arquidióceis de Miami
serán analizados y después serán mantenidos o abandonados, según
resulte apropiado.
Aunque la Arquidiócesis de Miami no se propone dañar a la
supuesta víctima presentando argumentos afirmativos de defensa
normales, tampoco renunciará a ellos antes del desenvolvimiento
factual del caso. Los argumentos afirmativos de defensa
presentados por la Arquidiócesis de Miami en este caso, son
sustancialmente similares a los que ha presentado en todos los
otros casos en que se ha alegado un abuso. La firma que
representa al demandante en este caso, está muy bien
familiarizada con esta cuestión. Uno de sus asociados representó
previamente a la Arquidiócesis de Miami en otros casos donde se
alegaban abusos.
Por otra parte, y bajo nuestro sistema legal, las declaraciones
contenidas en una demanda, así como los argumentos presentados
para defenderse de ella, son simplemente alegaciones que es
preciso probar ante los tribunales.
Comprensiblemente, ni este programa ni ningún otro espectáculo
informativo puede proveer un foro para que la Arquidiócesis de
Miami presente la totalidad de sus argumentos legales. Por lo
tanto, parece más apropiado que la parte demandante y la parte
demandada se valgan del sistema judicial.
Se agradecerá la cortesía de dar a conocer el texto completo de
esta declaración a los televidentes.
Mary Ross Agosta
Directora de Comunicaciones
Arquidiócesis de Miami
7 de febrero de 2006
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